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¿Qué son las Juntas Electorales en Guatemala?

Por: Claudia Castro | Actualizado el:
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Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen una Junta Electoral en Guatemala. (Crédito Instituto Electoral GT)

Las Juntas Electorales en Guatemala son importantes para la validez de las Elecciones Generales que se realizan en el país.

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En el proceso de Elecciones Generales uno de los grupos más importantes son las Juntas Electorales en Guatemala, por ello es importante que conozcas su función.

En Guatemala cada cuatro años se realizan las Elecciones Generales en donde los habitantes tienen un rol muy importante.

¿Qué son las Juntas Electorales en Guatemala?

En Guatemala existen dos tipos de Juntas Electorales (JE), está las Departamentales y las del Distrito, que son los encargados del proceso electoral en su respectiva jurisdicción.

Los integrantes de las Juntas están facultadas para tomar decisiones en el proceso electoral, las cuales deben estar respaldadas por la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen los integrantes de las Juntas Electorales en Guatemala. (Crédito: Instituto Electoral GT)

¿Cuáles son las funciones de las Juntas Electorales en Guatemala?

Durante las elecciones son importantes las JE y estas son sus funciones:

  • Totalizar los resultados provisionales de las votaciones realizadas en el departamento utilizando para ello, exclusivamente, los documentos recibidos de las Juntas Electorales correspondientes
  • Señalar dentro de los cinco (5) días siguientes a la elección, una audiencia de revisión de escrutinios de la jurisdicción a su cargo, así como consignar en el acta respectiva el resultado de la esta.
  • Cuando se haya terminado la revisión enviar al Tribunal Supremo Electoral la documentación relativa a las elecciones.
  • Declarar el resultado y la validez o nulidad parcial o total de las elecciones municipales en el departamento a cargo.
Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen dos personas revisan las actas de las votaciones en Guatemala. (Crédito: Instituto Electoral GT)

¿Requisitos para integrar una JE?

Las personas que integren una Junta Electoral Departamental o de Distrito deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en el ejercicio de sus derechos ciudadanos
  • Radicar en la jurisdicción correspondiente
  • Ser alfabeta
  • No desempeñar cargo directivo alguno en organizaciones políticas, y
  • Tampoco tener parentesco dentro de los grados de ley, con otra persona de la JE de que se trate.

La personas designadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) están obligadas por la Ley a desempeñar los cargos, y en forma ad-honorem.

Además, gozan del derecho de inmunidad (antejuicio) que corresponde a los alcaldes, conforme lo establece la Ley en materia de antejuicio.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen los integrantes de una mesa de votaciones. (Crédito: Instituto Electoral GT)

¿Quiénes la conforman?

Las JD se integran con tres miembros propietarios (titulares) y dos miembros suplentes; los cargos a desempeñar son:

  • Presidente: Debe presidir las sesiones; citar a los fiscales y personas que tengan interés en el proceso electoral y extender credenciales a las personas que fueren electas. Así como denunciar la comisión de delitos o faltas electorales que sean de su conocimiento.
  • Secretario: Elaborar y refrendar las actas de las sesiones, extender credenciales a las o los fiscales respectivos y organizar y manejar el archivo de la sesiones.
  • Vocal: En ausencia del presidente o presidenta, el o la vocal asumirá sus funciones.

La función de las JE son importantes en las elecciones pues de ellas decidirán si son válidas o si declaran nulidad parcial o total de las mismas.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen una persona da indicaciones previo a abrir las mesas de votación. (Crédito: Instituto Electoral GT)

Referencias

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