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Acciones de salud y prevención de enfermedades, Código de salud, Guatemala

Por: Candy Grajeda | Actualizado el:
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Es importante que todos los guatemaltecos conozcan acerca de estas medidas establecidas en el Código de Salud. (Foto ilustrativa: El Universal)

Conoce algunos artículos establecidos en el Código de Salud que hablan sobre medidas que autoridades y ciudadanos deben tomar en cuenta en Guatemala.

En el Código de Salud de la República de Guatemala se establecen diferentes disposiciones. Entre ellas están las acciones de salud, así como de la prevención de enfermedades. Estas directrices van dirigidas tanto a autoridades como a los guatemaltecos.

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Acciones de salud

Estas disposiciones están dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de las enfermedades. Dichas medidas son aplicadas tanto a nivel ambiental como de la protección, diagnóstico y tratamientos de la población susceptible.

De promoción

Son todas las acciones orientadas a fomentar el desarollo físico, mental y social del individuo, la familia y la comunidad. Así como también, la preservación de ambientes saludables y mejorar el nivel de salud a través de estilos de vida saludable.

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(Foto: Santo Tomás en Línea)

Por otra parte, las autoridades sanitarias en coordinación con otras instituciones son los entes encargados de establecer diferentes mecanismos. Estos deben estar en función de que tanto la sociedad en general, individuos, familias y comunidades participen activamente.

De prevención

Son las acciones llevabas a cabo por los diferentes sectores con el fin de controlar y erradicar las enfermedades que afectan a la población del país. Del mismo modo, se establecerán sistemas de vigilancia epidemiológica, inmunizaciones, detección temprana y tratamiento.

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(Foto: Consultor Salud)

Así mismo, se debe brindar educación en salud y otras medidas pertinentes para el control de enfermedades endémicas o que afectan a una sola región. Al igual, de las emergentes y recurrentes o las que son no emergentes pero con capacidad de producir brotes epidémicos.

Del ambiente

Con ambas acciones sanitarias, las autoridades de salud están encargados de buscar el acceso de la población con énfasis en la mayor postergación a:

  • Servicios de agua potable.
  • Eliminación y disposición de excretas.
  • Disposición de desechos sólidos.
  • Higiene de alimentos.
  • Disminución de la contaminación ambiental.
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(Foto: ADNSur)

Prevención de enfermedades

Todas las instituciones de salud en organización con comunidades están a cargo de promover y desarrollar acciones que atiendan a evitar la difusión, control y erradicación de enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional.

Vigilancia

Entre otros aspectos está la vigilancia técnica en el cumplimiento de la materia y emitir las disposiciones pertinentes. Esto basados conforme a la reglamentación que se establezca.

Notificación

Es obligación de las instituciones y establecimientos de salud pública y privada, así como autoridades, comunidades, notificar de inmediato a la entidad ministerial de salud de su jurisdicción. Entre los temas que se pueden avisar son:

  • Aparición de factores de riesgo ambientales, conductuales y laborales.
  • Enfermedades evitables, transmisibles o no, accidentes.
  • Enfermedades relacionadas con la salud pública veterinaria.

Dichas afecciones de salud de notificación obligatoria se establecerán en el reglamento. Además, el manejo del caso será tanto forma individual como colectiva. Es importante mencionar que el incumplimiento de dichas disposiciones serán sancionadas de acuerdo al Código de salud.

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(Foto: El médico interactivo)

¿Sabías que?

  • Las personas que estén cerca de alguien con enfermedad transmisible, tienen que acatar las disposiciones emitidas por las autoridades para evitar contagios. Con esta acción, se podrá favorecer el control o eliminación de dichas afecciones.
  • Las autoridades de salud tienen que establecer un sistema de diagnóstico de referencia (guía de síntomas) para colaborar con el control e investigación de enfermedades transmisibles o no que afecten o pongan en riesgo a conglomerados sociales.
  • En caso de epidemia o riesgo socio ambiental, las autoridades y demás instituciones de salud deben emitir normas y procedimientos para proteger a los guatemaltecos.
  • Entre las acciones internacionales están la coordinación entre las autoridades de salud nacionales y extranjeras para la protección de enfermedades que puedan trascender.

Referencia

  • (1997). Código de Salud. Decreto número 90-97. Consultado el 17 de marzo de 2020.
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