El Impuesto al Valor Agregado —IVA— es un cargo que se le impone a todo consumidor que goce de financiamiento. Para pagar el IVA como pequeño contribuyente en Guatemala existe una sencilla forma de hacerlo: en línea.
Pasos para pagar IVA como pequeño contribuyente
- Ingresar al portal de Declaraguate.
- Hacer clic en IVA Pequeño Contribuyente, el formulario SAT-2046.
- El sistema pedirá llenar unos caracteres por motivos de seguridad, así que se prosigue a ingresar los caracteres y luego hacer clic en Llenar SAT-2046.
- Ingresar el Número de Identificación Tributaria —NIT— del Contribuyente.
- Verificar si los datos son los correctos.
- Seleccionar el mes y el año que corresponde al impuesto.
- Llenar la casilla con los ingresos por servicios o venta del mes.
- Si se ha procedido a retener el IVA en períodos anteriores, llenar las demás casillas. Lo mismo será para la rectificación.
- Una vez estén todos los datos listos, hacer clic en Validar.
- Si el formulario se presentará en la ventanilla de un banco físicamente, hacer clic en Imprimir Formulario.
- Si el pago se hará en banca electrónica, hacer clic en Congelar e ingresar los datos del correo electrónico. Proseguir a hacer el pago en el portal web del banco deseado.

(Foto: Declaraguate)
Información importante
- Pueden inscribirse en el Régimen de Pequeño Contribuyente las personas individuales o jurídicas cuyo monto de ventas de bienes o prestación de servicios no exceda de Q 150,000.00 durante un año. Esto lo establecen los artículos 45 y 46 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
- La tarifa que se le aplica de impuesto al Pequeño Contribuyente es de 5% sobre los ingresos brutos totales por ventas o prestación de servicios que obtenga cada mes.
- Una de sus obligaciones es presentar la declaración a través del formulario IVA Pequeño Contribuyente, también conocida como Declaración Jurada Simplificada y Recibo de Pago Mensual de Pequeño Contribuyente.
- El formulario se paga dentro del mes siguiente al vencimiento de cada período mensual. Este se debe presentar aún así si realiza o no actividades laborales.
Referencias
- Régimen de Pequeño Contribuyente. Superintendencia de Administración Tributaria. Consultado el 27 de octubre del 2020, de https://bit.ly/2JcnMt1
- Ley del Impuesto al Valor Agregado. Congreso de la República de Guatemala. Consultado el 5 de septiembre del 2020, de https://bit.ly/3oqLiCJ