El derecho a una pensión por viudez se adquiere al momento del fallecimiento del cónyuge siempre que este se encontrara bajo las siguientes circunstancias:
- Haber sido trabajador civil del Estado.
- Haber sido jubilado o pensionado por invalidez con cargo al Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado.
- Haber efectuado pagos de montepío por un mínimo de diez años aunque al momento de su fallecimiento no esté laborando para el Estado ni se encuentre jubilado.
Documentos necesarios para solicitar la pensión por viudez
- Solicitud de pensión.
- Certificado de nacimiento y certificado de defunción.
- Certificado de nacimiento del beneficiario.
- Certificado de matrimonio o de la unión de hecho extendida con fecha posterior al fallecimiento del causante.
- Fotocopia del Documento Personal de Identificación —DPI—.
- Si la viuda o viudo trabaja con el Estado, presentar certificación de servicios extendida por la institución donde labora, indicando el inicio de la relación laboral.
Información importante
- Si al momento de su fallecimiento la persona mantenía relación laboral con el Estado, se deberán presentar las certificaciones de servicios y el acta de entrega de cargo.
- Si al momento de su fallecimiento la persona estaba pensionada por jubilación o invalidez, es necesario presentar fotocopia del acuerdo a través del cual se le concedió la pensión.
- El trámite debe realizarse en la Oficina Nacional de Servicio Civil.