Requisitos para traspaso de vehículos con declaración jurada
- Llenar el formulario SAT-8611 en el sitio de Declaraguate, imprimir la boleta SAT-2000 y pagar Q 120.00 en bancos autorizados. Presentar constancia de pago.
- Pagar el Impuesto al Valor Agregado —IVA— de traspaso de vehículos llenando el formulario SAT-2311, luego imprimiendo la boleta SAT-2000. Presentar constancia de pago.
- Presentar Declaración Jurada de Traspaso generada por medio del formulario SAT-8611, con firmas del comprador legalizadas por Notario Activo.
- También presentar Tarjeta de circulación.
- Certificado de propiedad de vehículos.
- Documento Personal de Identificación —DPI—.
- En caso de ser extranjero presentar pasaporte.
- Además, es importante encontrarse solvente del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos hasta el año actual.
- Previo a presentarse ante la Administración Tributaria, se debe realizar un expertaje o revisión física. Finalizar el trámite en el Registro Fiscal en un máximo de 6 días hábiles a partir del día del expertaje.
Información importante
- Los propietarios de vehículos con placas de uso urbano, comercial, de alquiler, de servicios, agrícola, industrial, de construcción o transporte de carga deben estar inscritos en el Registro Tributario Unificado —RTU— además de contar con un establecimiento activo relacionado con el uso del vehículo o actividad comercial relacionada.
- Los propietarios de vehículos con placas de uso urbano o de alquiler deben presentar autorización de concesión de línea emitida por la municipalidad donde prestará el servicio.
- El trámite puede realizarse en cualquier agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT—.
Luego de presentar los documentos
En la agencia de la SAT donde se realizó el trámite, se deberán recoger los siguientes distintivos:
- Certificado de propiedad
- Tarjeta de circulación
Ubicación de la sede central
Referencias
- Traspaso de Vehículos con formularios electrónicos Declaración Jurada vía Declaraguate. Superintendencia de Administración Tributaria. Recuperado el 29 de mayo del 2018, de https://goo.gl/56h8Mh