Las multas de tránsito en Guatemala son amonestaciones que, de acuerdo con la Ley y Reglamento de Tránsito, se colocan con el incumplimiento de las normas establecidas por la ley. Cabe mencionar, que se colocarán multas tantas veces como se cometa la infracción, pese a ser la misma persona o vehículo.
Tipos de multas de tránsito en Guatemala
El Ministerio de Gobernación, a través del Departamento de Tránsito o la municipalidad por intermedio del Juzgado de Asuntos Municipales, podrá colocar multas, retención de documentos, cepos, incautación de vehículos, suspensión y cancelación de la licencia de conducir.
Dichas amonestaciones se despliegan según el monto establecidos por la ley.
Multa de 100 quetzales, según el artículo 180
- No portar el equipamiento necesario para manejar bicicletas y motocicletas.
- No respetar las señales de tránsito como: no vehículos, silencio, ceder el paso, no virar a la derecha, virar a la derecha o izquierda, velocidad mínima y seguir de frente.
- Circular en arcén sin justificación.
- No utilizar las señales al virar, cambiar de sentido, cambiar de carril, desacelerar y retroceder.
- Conducir con aparatos receptores o reproductores de sonido conectados a audífonos.
Multa de 200 quetzales, según el artículo 181
- Manejar en contra de vía.
- Irrespetar el turno en una fila de espera.
- Cambiar de un carril a otro, sin respetar la prioridad de los vehículos.
- Rebasar por la derecha.
- Circular sin luz baja durante el día en ciertos casos especiales.
- No usar luces de emergencia cuando sea necesario.
- Irrespetar el orden jerárquico entre las señales de tránsito.
- Conducir sin cinturones de seguridad.
- Remolcar a otro vehículo con medios prohibidos.
Multa de 300 quetzales, según el artículo 182
- Conducir con licencia vencida.
- Tirar o lanzar basura a otros vehículos o a la vía pública desde otro auto en movimiento.
- Manejar con un vehículo sin escapa o sin silenciador.
- Conducir produciendo sonidos o ruidos estridentes exagerados o innecesarios en áreas residenciales, hospitales y sanitarios en horas de la noche.
- Usar sirenas o bocinas propias de los vehículos de emergencia.
Multa de 400 quetzales, según el artículo 183
- Conducir sin licencia.
- Circular utilizando luces exclusivas para vehículos de emergencia, de mantenimiento vial y urbano.
- Rebasar a otras unidades de transporte público y pararse justo frente a ellas.
- No ceder el paso a escolares dentro de la zona perimetral y horarios establecidos.
- Manejar un auto con lado frontal sin iluminación.
- Instalar objetos semejantes a señales de tránsito que pueden confundir o inciten a comportamientos prohibidos.
- Fingir una falla mecánica y estacionarse en lugares indebidos.
- Retroceder en autopistas y vías rápidas, representando un peligro para los demás usuarios.
- Tirar o abandonar en la vía pública cualquier objeto que entorpezca la circulación.
- Efectuar reparaciones que no sean de emergencia en vía pública.
Multa de 500 quetzales, según el artículo 184
- A motoristas y conductores de motobicicletas que transiten en las aceras, banquetas, pasos peatonales, ciclovías o vías exclusivas para transporte colectivo.
- A los motoristas y conductores de motobicicletas que conduzcan entre carriles, zigzagueen en la vía pública o hagan paradas entre carriles.
Multas de mayor monto, según el artículo 185
- Se infraccionará con Q1000.00 bajo las faltas de:
- dañar, alterar o cubrir señales de tránsito
- Ofender, agredir o insultar a la autoridad de tránsito. Esto puede llevar al conductor al órgano jurisdiccional correspondiente
- Se impondrá Q5000.00 bajo para quienes:
- alteren la seguridad de tránsito, coloque obstáculos imprevisibles o se faciliten carreras, concursos o actividades sin autorización
- Se sancionará con Q25,000.00 por:
- Utilizar la vía pública para carreras, concursos o actividades similares sin autorización
- A quienes no atiendan a los requerimientos de los vehículos de emergencia
Información importante
- Existen excepciones como retroceder, virar a la derecha de forma abrupta o permanecer sin cinturones de seguridad sí y solo sí el caso lo amerita.
- En casos extremos, los delitos por encima de los Q25,000 serán llevados inmediatamente al Ministerio Público para que se determine una conexión con algún delito en específico.
Referencias
- Ley de tránsito y su reglamento con sus reformas. Capítulo III – Permiso temporal de aprendizaje de conducción. Consultado el 10 de marzo de 2021, de https://bit.ly/3vbhgWX