Requisitos generales
- Documento Personal de Identificación —DPI— o pasaporte en caso de ser extranjero.
- Solicitud de habilitación de libros formulario SAT-0052, adjuntar una fotocopia.
- El trámite puede realizarse en cualquier agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT—.
Requisitos adicionales para casos especiales
- En caso de que el representante legal no tenga DPI, debe presentar original y copia de la constancia emitida por el RENAP.
Luego de presentar los documentos
- En la agencia de la SAT en donde se realizó el trámite se le entregará al representante legal la constancia de actualización al Registro Tributario Unificado —RTU—.

(Foto: SAT Guatemala)
Habilitación de libros vía electrónica
Requisitos generales
- Formulario SAT-7121 correspondiente a la habilitación de libros.
- Número de Identificación Tributaria —NIT— y establecimiento en estado activo.
- Tener la afiliación del Impuesto al Valor Agregado —IVA— activa.
- Generar la boleta SAT-2000 y pagarla.
- Tener usuario de SAT en línea.
Información importante
- Para realizar el trámite se debe ingresar al sitio de Declaraguate.
- Al haber efectuado la presentación y pago del formulario SAT-7121, se habilitará la impresión de la resolución que ampara la autorización de libros solicitados.
- La resolución de autorización de libros generada por medio de Declaraguate, deberá ser conservada adjunta a los libros.
- Para el caso de habilitación de libros vía electrónica no será necesaria la etiqueta adhesiva.

(Foto: SAT Guatemala)
Referencias
- Superintendencia de Administración Tributaria. Habilitación de libros en oficinas y agencias tributarias (persona individual o jurídica). Recuperado de: https://goo.gl/xIAl4U
- Superintendencia de Administración Tributaria. Habilitación de libros vía electrónica (persona individual o jurídica). Recuperado de: https://goo.gl/USxT5g