Requisitos para autoimpresores, imprentas y servicios de impresión
- Formulario de solicitud de autorización de impresión y uso de documentos y formularios SAT-45.
- Documento Personal de Identificación -DPI-.
- Estar inscrito y activo en el Registro Fiscal de Imprentas.
- Tener usuario habilitado en Agencia Virtual.
- Estar afiliado activo al Impuesto al Valor Agregado –IVA-.
- Estar solvente de obligaciones del Impuesto al Valor Agregado -IVA-.
- No tener registrado plan operativo de no localizado (dirección inválida).
- Tener registrado en RTU cualquiera de los códigos de actividad siguientes: 2219.00, 2221.00 o 2222.00.
- El trámite puede realizarse en cualquier agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT–.
Requisitos para el contribuyente emisor
- Formulario de solicitud de autorización de impresión y uso de documentos y formularios SAT-45.
- Documento Personal de Identificación -DPI-.
- Haber acreditado a la imprenta formulario SAT-162.
- Tener registrado como mínimo un establecimiento activo en RTU.
- Estar afiliado activo al Impuesto al Valor Agregado -IVA-.
- Estar solvente de obligaciones del Impuesto al Valor Agregado -IVA-.
- No tener registrado plan operativo de No Localizado (Dirección Inválida).
- El trámite puede realizarse en cualquier agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT–.
Luego de presentar los documentos
Como resultado del trámite se obtiene la generación de la resolución de autorización de documentos y la impresión de documentos por parte de la imprenta.
Referencias
- Superintendencia de Administración Tributaria. Requisitos autorización de documentos. Recuperado de: https://goo.gl/qyEduJ