Requisitos generales
- Llenar el formulario SAT-7130 que corresponde al impuesto de timbre, disponible en Declaraguate.
- Imprimir la boleta SAT-2000 y presentarla en ventanilla con un operador de especies fiscales, quien verificará las existencias antes de realizar el pago.
- Presentar carnet original de colegiado activo vigente y no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
- El trámite puede realizarse en cualquier agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT—.
Requisitos adicionales para casos especiales
- Carta de autorización con firma y sello del notario que autoriza, en caso de que la gestión la realice el procurador del notario.
- Si la gestión es a ruego del notario, presentar carnet original de colegiado activo vigente y no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
- Original y copia del Documento Personal de Identificación —DPI—.
Información importante
- El interesado debe presentarse a la ventanilla de alguna agencia SAT con el operador de especies fiscales para que verifique y le asigne en el Sistema de Especies Fiscales lo solicitado previo a cancelar la boleta SAT-2000.
Luego de presentar los documentos
En la agencia tributaria en donde se realizó el trámite, se le entregará al interesado los timbres fiscales solicitados.
Referencias
- Superintendencia de Administración Tributaria. Asignación y despacho de timbres fiscales a notarios. Recuperado de: https://goo.gl/JjPcJc