Este trámite de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT— es para realizar el cambio de régimen de pequeño contribuyente a régimen general como persona individual.
Requisitos generales
- Documento Personal de Identificación —DPI—.
- En caso de ser extranjero presentar original y copia de pasaporte.
- Original y copia de factura reciente de luz, agua o teléfono del domicilio fiscal a nombre del contribuyente. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se debe presentar en su defecto, original y copia de factura de arrendamiento u otro documento que demuestre que se tiene derecho al uso de la propiedad.
Requisitos adicionales para casos especiales
- En caso de que el contribuyente no tenga DPI, debe presentar original y copia de la constancia emitida por el RENAP.
Documentos que se deben presentar en caso de que en el recibo no se identifique un registro catastral actualizado
- Certificación de inscripción en el Registro de la Propiedad del Inmueble (escritura).
- Recibo de IUSI.
- Certificado de propiedad del inmueble, entregado por el Gobierno.
- Cualquier otro comprobante de pago emitido por la municipalidad correspondiente.
Información importante
- A partir de la fecha en que se realice cualquier modificación de datos, se debe actualizar la información dentro del plazo de treinta días, de lo contrario se debe pagar multa.
Luego de presentar los documentos
En la agencia de la SAT en donde se realizó el trámite se le entregará al contribuyente la constancia de actualización al Registro Tributario Unificado —RTU—.
Referencias
- Superintendencia de Administración Tributaria. Actualización cambio de régimen de pequeño contribuyente a régimen general persona individual. Recuperado de: https://goo.gl/w0C5jq