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¿Cuándo se coloca cepo en Guatemala?

Por: Karin Aroche | Actualizado el:
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Descripción de la foto para personas con discapacidad visual - Acercamiento de la llanta de un auto en la calle con cepo.- Crédito de foto - La Prensa de Occidente
Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Acercamiento de la llanta de un auto en la calle con cepo. (Crédito de foto: La Prensa de Occidente)

Existen diferentes casos en los que se puede colocar una infracción y un cepo en Guatemala, los cuales se encuentran bajo la Ley de Tránsito del país.

El cepo en Guatemala es un dispositivo que inmoviliza las ruedas de los autos por incumplir con el reglamento de tránsito del país. De hecho, existen diferentes motivos para colocar esta herramienta que todo guatemalteco debe conocer para evitar inconvenientes.

¿Cuándo se coloca cepo en Guatemala?

Según el Decreto 132-96 de la Ley de tránsito, bajo el título VIII, el cepo es considerado una sanción. Un agente de la Policía Municipal de Tránsito —PMT—, podrá colocarlo en el vehículo del propietario o de cualquier conductor según sea el caso.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual - Agende de Emetra realizando una multa.- Crédito de foto - Departamento de Tránsito de la Policía Municipal

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Agende de Emetra realizando una multa. (Crédito de foto: Departamento de Tránsito de la Policía Municipal)

La autoridad de tránsito podrá aplicar este mecanismo o similares para inmovilizar a los vehículos dejados en vía pública en lugares no autorizados.

¿En dónde no es permitido parquearse en Guatemala?

A partir del artículo 152 y 153 se establece que los lugares prohibidos son:

  • Calles en contra de vía del carril más próximo
  • Túneles, puentes, pasos a desnivel y antes de 100 metros en los accesos y salidas de pasos a desnivel
  • Cruces de ferrocarril antes de los 80 metros
  • Carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para otros medios de transporte o que tengan otro fin como buses, peatones, bicicletas, áreas verdes, zonas de juego para niños, etc.
  • Intersecciones y a cinco metros de donde termina los radios de la esquina de las mismas
  • Paradas de transporte público y sus proximidades
  • Lugares reservados para el acceso y salida de servicios de emergencia
  • Áreas de carga y descarga sin efectuar esta actividad
  • Estacionamientos para minusválidos o embarazadas en caso de no transportar a ninguno
  • Cruces de peatones y cruces de bicicletas señalizados antes de 10 metros
  • En una entrada de vehículos —a excepción de la entrada a casa particular, pero deberá dejar espacio para los peatones—
  • Cuando no se haga el pago de parquímetro en los espacios que lo tengan habilitado
  • Frente a hidratantes de abastecimiento de bomberos
  • Frente a las rampas especiales de acceso a la acera para minusválidos
  • Cuando por el estacionamiento se impida la incorporación a la circulación de otro auto
  • Sobre línea roja y túmulos
Descripción de la foto para personas con discapacidad visual - Agente de emetra colocando una multa por estacionarse en línea roja.- Departamento de Tránsito de la Policía Municipal

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Agente de emetra colocando una multa por estacionarse en línea roja. (Crédito de foto: Departamento de Tránsito de la Policía Municipal)

Al tratarse de una sanción, se le coloca una multa al conductor del vehículo y no se levantará el cepo hasta que este efectúe el pago respectivo. Dependiendo el caso, el cepo puede variar su valor según sea el caso.

Información importante

  • Muchos bancos han habilitado en sus bancas en línea una opción de pago de multas, la cual se deposita en el sistema de la Municipalidad.

Referencias

  • Municipalidad de Guatemala. Acuerdo Gubernativo Número 273-98. Título VI. Consultado el 18 de marzo de 2021, de http://bit.ly/3eUJrUb
  • Municipalidad de Guatemala. Decreto 132-96. Título VIII. Consultado el 18 de marzo de 2021, de http://bit.ly/3tDvdvb
  • Ley de tránsito y su reglamento con sus reformas. Artículos 152 y 153. Consultado el 18 de marzo de 2021, de https://bit.ly/3vbhgWX
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