Nuestros padrinos
Coca-Cola MAX
Guatemala.com TV

¿Qué es la inscripción ante el Registro de Ciudadanos?

Por: Rocio Cetino | Actualizado el:
whatsapp facebook twitter linkedin

Compartir

¿Qué es la inscripción ante el Registro de Ciudadanos
Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Persona entregando su DPI para que pueda ser registrado. (Créditos: Diario de Centroamérica).

La inscripción ante el Registro de Ciudadanos es un requisito fundamental para todos los guatemaltecos que deseen participar en el proceso electoral.

Beta Escucha la nota

La inscripción en el Registro de Ciudadanos es indispensable para el ejercicio de los derechos políticos. Ningún ciudadanos podrá elegir o ser electo, sin haber cumplido previamente con tal requisito.

Es importante destacar que el Registro de Ciudadanos es un Órgano Técnico del Tribunal Supremo Electoral.

¿Qué es la inscripción ante el Registro de Ciudadanos?

Los ciudadanos que no estén inscritos deben gestionar todo lo necesario para su inscripción, la que cual deberá hacerse en forma gratuita. Para ejercer determinada elección o consulta de los derechos políticos a los que se refiere la Ley Electoral y de Partidos Políticos, se requiere estar inscrito como ciudadano con anticipación no menor de tres meses al respectivo evento, y contar con el documento facultativo correspondiente, donde debe constar el lugar de vecindad del mismo.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Entrada a una Subdelegación Municipal del Registro de Ciudadanos. (Créditos: TSE Guatemala).

Los partidos políticos legalmente constituidos e inscritos en el Registro de Ciudadanos, son instituciones de derecho público, con personalidad jurídica y duración indefinida, salvo los casos establecidos en la presente ley, y configuran el carácter democrático del régimen político del Estado. Para que un partido político pueda existir y funcionar, necesita obtener y mantener vigente su inscripción en el Registro de Ciudadanos.

Por otro lado, los comités cívicos electorales, también tienen la obligación de inscribirse en alguna delegación del Registro de Ciudadanos, según les corresponda.

Normativa legal

La normativa legal que rige al Registro de Ciudadanos es la Ley Electoral y de Partidos Políticos Decreto 1-85, y el Reglamento de la referida Ley, contenida en el Decreto 018-2007 del Tribunal Supremo Electoral, estimándose importante partir de la Norma General contenida en el Artículo 155 y 156 que establece las funciones y la integración de la Dirección General del Registro de Ciudadanos, que hace nacer a la vida jurídica a la Secretaría de dicho Registro y cuyo contenido preceptúa.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Mujer registrando los datos de un ciudadano. (Créditos: TSE Guatemala).

Las principales funciones del Registro de Ciudadanos son las siguientes

  • Todo lo relacionado con la inscripción de los ciudadanos.
  • Todo lo relacionado con el Padrón Electoral.
  • Cumplir con las resoluciones y sentencias judiciales que se le comuniquen con relación a actos de naturaleza electoral.
  • Inscribir a las organizaciones políticas y fiscalizar su funcionamiento.
  • Inscribir a los ciudadanos a cargos de elección popular.
  • Conocer y resolver acerca de la inscripción, suspensión, cancelación y sanciones de las organizaciones políticas.
  • Notificar a los partidos políticos de las renuncias de sus afiliados, para que tengan conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de Ley Electoral y de Partidos Políticos, y mantener actualizado el registro de afiliados de los partidos políticos.

Referencias

Historia destacada